Diferencias entre baja voluntaria y despido

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Baja voluntaria o despido

La finalización de un contrato de trabajo es un momento crucial tanto para el empleado como para la empresa. Sin embargo, los términos «baja voluntaria» y «despido» a menudo se utilizan de forma intercambiable por quienes no están familiarizados con el derecho del trabajo, lo cual es un error con importantes consecuencias legales y económicas. Entender la diferencia no es solo una cuestión de terminología; es fundamental para conocer tus derechos y obligaciones. Si te encuentras en esta situación, la orientación de un abogado laboralista puede ser la clave para proteger tus intereses. En este artículo, desglosaremos de manera sencilla las características, implicaciones y diferencias principales entre estas dos formas de extinción del contrato laboral.

¿Qué implica una baja voluntaria?

La baja voluntaria, también conocida como dimisión o renuncia, es la decisión unilateral del trabajador de poner fin a su relación laboral con la empresa. Es un acto que parte exclusivamente de la voluntad del empleado, sin que medie una causa imputable al empleador. La principal característica de esta modalidad es la libertad del trabajador para tomar la decisión, aunque debe cumplir con ciertos requisitos formales para hacerlo correctamente.

El preaviso para una baja voluntaria

El requisito más importante al presentar una baja voluntaria es el preaviso. El Estatuto de los Trabajadores y, de forma más específica, el convenio colectivo aplicable al sector, establecen la obligación de comunicar la decisión a la empresa con una antelación mínima. Generalmente, este período es de 15 días naturales, pero es crucial consultar el convenio, ya que podría estipular un plazo diferente.

¿Qué ocurre si no se cumple con el preaviso? La empresa tiene derecho a descontar del finiquito del trabajador el salario correspondiente a los días de preaviso no respetados. Por lo tanto, una comunicación tardía puede tener un impacto económico directo en la liquidación final.

¿Qué se cobra al presentar la dimisión?

Cuando un trabajador presenta su baja voluntaria, tiene derecho a recibir el finiquito. Es importante no confundir el finiquito con la indemnización. El finiquito es la liquidación de las cantidades que la empresa adeuda al trabajador en el momento de la extinción del contrato. Incluye:

  • El salario de los días trabajados en el mes en curso.
  • La parte proporcional de las pagas extraordinarias que se hayan generado y no se hayan cobrado.
  • Los días de vacaciones generados durante el año y no disfrutados, que deberán ser abonados.
  • Cualquier otra cantidad pendiente de pago, como horas extra o pluses.

Lo que es crucial entender es que en una baja voluntaria no existe derecho a indemnización por despido. La indemnización es una compensación por la pérdida del empleo por decisión de la empresa, no del trabajador.

El acceso a la prestación por desempleo

Esta es una de las diferencias más significativas y que más afecta al trabajador. Al ser una decisión voluntaria la que pone fin a la relación laboral, el sistema de protección social entiende que el trabajador no se encuentra en situación legal de desempleo. Por lo tanto, la baja voluntaria no da derecho a solicitar ni a percibir la prestación por desempleo (el paro). Este es un factor determinante que debe ser considerado antes de tomar la decisión de renunciar.

Tipos de despidos

El despido es la extinción del contrato de trabajo por decisión unilateral del empresario. A diferencia de la baja voluntaria, aquí la iniciativa parte de la empresa, lo que activa una serie de derechos y protecciones para el trabajador. Esta área es mucho más compleja y conflictiva, y es donde la figura de un abogado para despidos se vuelve esencial para garantizar que el proceso se realiza conforme a la ley. Existen, a grandes rasgos, dos tipos principales de despido.

Despido disciplinario

Este tipo de despido se produce cuando la empresa alega un incumplimiento grave y culpable por parte del trabajador. Las causas están tasadas por ley y pueden incluir, entre otras, faltas de asistencia o puntualidad repetidas e injustificadas, indisciplina o desobediencia, ofensas verbales o físicas, o una disminución continuada y voluntaria en el rendimiento laboral. El despido debe ser notificado por escrito a través de la «carta de despido», en la que se deben detallar con claridad los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efecto. Si el despido disciplinario se considera procedente, el trabajador tiene derecho al finiquito, pero no a indemnización. Sin embargo, sí mantiene el derecho a solicitar la prestación por desempleo si cumple con los requisitos de cotización.

Despido por causas objetivas

En este caso, la extinción del contrato no se debe a un incumplimiento del trabajador, sino a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (las conocidas como causas ETOP) que afectan a la empresa. También puede basarse en otras razones como la ineptitud sobrevenida del trabajador o su falta de adaptación a modificaciones técnicas en su puesto de trabajo. La empresa está obligada a preavisar con 15 días de antelación y, simultáneamente a la entrega de la carta de despido, debe poner a disposición del trabajador una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Al igual que en el despido disciplinario, el trabajador tiene derecho a la prestación por desempleo.

La calificación judicial del despido: procedente, improcedente y nulo

Todo trabajador tiene derecho a impugnar su despido ante los tribunales si no está de acuerdo con las causas o la forma. Un juez será quien califique el despido de una de las siguientes maneras:

  • Procedente: El juez considera que la empresa ha acreditado las causas alegadas y ha cumplido los requisitos formales. Las consecuencias son las mencionadas para cada tipo de despido.
  • Improcedente: La empresa no consigue probar los hechos que motivaron el despido o existen defectos de forma en la comunicación. En este caso, la empresa debe optar entre readmitir al trabajador en su puesto o abonarle una indemnización superior, que generalmente es de 33 días por año trabajado con un tope de 24 mensualidades.
  • Nulo: El despido se considera nulo cuando vulnera derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador o se produce por causas de discriminación. También son nulos, por ejemplo, los despidos de trabajadoras embarazadas o durante permisos de maternidad/paternidad. La consecuencia es la readmisión inmediata del trabajador y el abono de los salarios dejados de percibir (salarios de tramitación).

La importancia de un asesoramiento profesional

Como hemos visto, la legislación laboral está llena de matices, plazos y procedimientos cuya correcta aplicación es determinante. Un error, ya sea por parte del trabajador o del empresario, puede tener consecuencias económicas muy graves. Una renuncia en un momento inoportuno puede significar la pérdida del derecho a paro y a una posible indemnización, mientras que un despido mal ejecutado puede transformarse en una costosa improcedencia para la empresa.

En situaciones tan delicadas, contar con el respaldo de un profesional es fundamental. En despachos como el nuestro, en Bertamiráns, entendemos que cada situación es única y requiere un análisis pormenorizado. Con más de 30 años de experiencia ayudando a vecinos de la zona y de Santiago de Compostela, sabemos que un trato cercano y explicaciones claras son esenciales para que el cliente comprenda su situación y pueda tomar las mejores decisiones. Una buena asesoria laboral no solo se encarga de los trámites, sino que ofrece la tranquilidad de saber que tus derechos están siendo defendidos por un experto. Si te enfrentas a una situación de despido o estás pensando en dejar tu trabajo y no tienes claras las consecuencias, buscar el consejo de un abogado laboralista en Bertamiráns puede marcar la diferencia entre un proceso tranquilo y uno lleno de complicaciones.

Decisiones informadas para proteger tus derechos

En resumen, la gran diferencia entre la baja voluntaria y el despido radica en quién toma la iniciativa. La dimisión es un acto voluntario del trabajador que le da derecho a finiquito, pero le priva de indemnización y del acceso al paro. El despido, en cambio, es una decisión de la empresa que activa una serie de derechos protectores para el empleado, incluyendo, en la mayoría de los casos, una indemnización y siempre la posibilidad de solicitar la prestación por desempleo.

Ante una decisión tan trascendental como cambiar de empleo o ante la difícil situación de un despido, nunca actúes con precipitación. La información es poder, y el asesoramiento de un profesional del derecho del trabajo es la mejor herramienta para asegurarte de que conoces todas tus opciones y de que tus derechos serán respetados en todo momento.

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